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Ascensor en edificio €25.000–60.000 Entrambasaguas

Entrambasaguas — Ascensor en edificio: Ley 3/1996 de accesibilidad de Cantabria

Aplicamos la Ley 3/1996, de 24 de septiembre, sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de Cantabria en tus obras de Ascensor en edificio en Entrambasaguas: la ley autonómica regula la accesibilidad en edificios, urbanismo y transporte de Cantabria y es de obligado cumplimiento. Te asesoramos para que tu portal, vivienda o edificio cumpla y puedas acceder a las ayudas en Entrambasaguas (Trasmiera).

En Entrambasaguas, el tejido urbano junto a Iglesia de Santa Marina acumula edificios antiguos sin ascensor y portales con escalón de entrada que demandan instalación de ascensor, salvaescaleras y plataformas elevadoras para garantizar la accesibilidad. El Decreto 80/2024 del Gobierno de Cantabria (Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025) subvenciona ascensores, rampas y salvaescaleras con 9.000-18.000€ por vivienda, y la LPH Art. 10.1.b exime del acuerdo de junta para mayores de 70 años o personas con discapacidad.

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Ascensor en edificio en Entrambasaguas: contexto local

Por qué Entrambasaguas y qué zonas concentran la demanda de accesibilidad.

En Entrambasaguas trabajamos la supresión de barreras arquitectónicas —rampas accesibles, salvaescaleras y ascensor en edificio existente— con proyecto técnico, dirección de obra y tramitación de la subvención del Decreto 80/2024 (Ley 3/1996 de Cantabria y LPH Art. 10.1.b).

Entrambasaguas (Trasmiera) — Ahí concentramos las obras de accesibilidad: en Iglesia de Santa Marina, Palacio de Acebedo de Hoznayo, Puente de Puente Agüero y en barrios como las zonas del municipio, donde el tejido urbano acumula portales a cota cero pendientes, edificios sin ascensor y viviendas que necesitan adaptación.

Donde más actuamos en Entrambasaguas: en Iglesia de Santa Marina, Palacio de Acebedo de Hoznayo, Puente de Puente Agüero y en barrios como el casco, donde el stock de edificios sin ascensor y portales con escalones es mayor. Municipio de Entrambasaguas (Cantabria). 5.357 hab.

Perfil de Entrambasaguas: Trasmiera. Zonas completas donde hacemos accesibilidad: las zonas del municipio.

Lugares y zonas de Entrambasaguas donde trabajamos: Iglesia de Santa Marina, Palacio de Acebedo de Hoznayo, Puente de Puente Agüero, Río Miera, Balneario de la Fuente del Francés, Estación de Entrambasaguas, Plaza Mayor de Entrambasaguas, Convento de Hoznayo.

Principales zonas industriales, comerciales y de actividad de Entrambasaguas: Iglesia de Santa Marina, Palacio de Acebedo de Hoznayo, Puente de Puente Agüero, Río Miera.

¿Cómo es la obra de accesibilidad en Entrambasaguas?
Municipio de Entrambasaguas (Cantabria). 5.357 hab. Trabajamos sobre todo en Iglesia de Santa Marina, Palacio de Acebedo de Hoznayo, Puente de Puente Agüero y en las zonas del municipio; visita en 48–72 h, presupuesto cerrado gratis y te informamos de las ayudas del Gobierno de Cantabria (Decreto 80/2024) y de otras subvenciones.
¿Qué barrios y zonas de Entrambasaguas atendéis?
Toda Entrambasaguas (Trasmiera) y las zonas del municipio, con mayor frecuencia en Iglesia de Santa Marina, Palacio de Acebedo de Hoznayo, Puente de Puente Agüero por la concentración de edificios antiguos sin ascensor.
¿Hacéis obras de accesibilidad en todos los barrios de Entrambasaguas?
Sí, en las zonas del municipio y en Iglesia de Santa Marina, Palacio de Acebedo de Hoznayo, Puente de Puente Agüero. Visita en 48–72 h, presupuesto cerrado gratis, proyecto y dirección de obra, y te informamos de las ayudas del Gobierno de Cantabria (Decreto 80/2024) y de Servicios Sociales de Cantabria.
¿Mi portal de Entrambasaguas puede pedir ayudas del Gobierno de Cantabria?
Sí. El Decreto 80/2024 del Gobierno de Cantabria subvenciona rampas, ascensores y supresión de barreras con 9.000-18.000€ por vivienda (40-50% del coste). En la inspección estudiamos el portal, te damos el proyecto a cota cero o ascensor y te decimos si optáis a la subvención; te facilitamos la documentación.
¿Cuánto tarda la obra de accesibilidad en Entrambasaguas?
Desde la visita en 48–72 h: proyecto 2-4 semanas, licencia 1-2 meses, obra 2-6 semanas. Trabajamos en Entrambasaguas (Trasmiera) y te damos plazo por escrito.

Zona de servicio en Entrambasaguas

Dónde trabajamos en Entrambasaguas (Trasmiera) y barrios cercanos. Visita y proyecto sin compromiso, te informamos de las ayudas del Gobierno de Cantabria (Decreto 80/2024)

Qué incluye en Entrambasaguas

  • Proyecto técnico y estudio de viabilidad de ascensor en edificio existente
  • Obra civil: nuevo hueco, derribo de fachada o escalera, cimentación
  • Instalación de ascensor eléctrico o hidráulico adaptado a huecos reducidos
  • Bajada a cota cero (eliminar el escalón del portal)
  • Legalización ante Industria (declaración de conformidad de ascensor)
  • Información de ayudas del Decreto 80/2024 y financiación a plazos
Precio orientativo: €25.000–60.000 · presupuesto cerrado gratis

Opiniones en Entrambasaguas

"Instalaron un ascensor nuevo en el edificio sin ascensor de nuestra comunidad en Entrambasaguas. Proyecto, obra civil, instalación y legalización ante Industria. 9.000€ de ayuda por vivienda del Decreto 80/2024. Dirección de obra impecable."

J
J.L.Entrambasaguas

"Colocaron una plataforma salvaescaleras para silla de ruedas en el portal de Entrambasaguas donde no cabía rampa. Montaje en un día y revisión anual. La LPH Art. 10.1.b nos amparaba y la comunidad no pudo negarse."

C
C.R.Entrambasaguas

Preguntas frecuentes — Entrambasaguas — Ascensor en edificio: Ley 3/1996 de accesibilidad de Cantabria

¿Qué exige la Ley 3/1996 de accesibilidad de Cantabria?
La Ley 3/1996 de Cantabria exige que los edificios de uso público y las viviendas colectivas sean accesibles: portal a cota cero, itinerario accesible, ascensor accesible y baño accesible. En edificios existentes, obliga a realizar ajustes razonables de accesibilidad.
¿La Ley 3/1996 se aplica a edificios existentes en Entrambasaguas?
Sí. La Ley 3/1996 y el RD 1/2013 obligan a realizar ajustes razonables en edificios existentes para suprimir barreras. Si hay una persona con discapacidad o mayor de 70, las obras son obligatorias por el art. 10.1.b de la LPH. Te asesoramos en toda la normativa.

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